Colombia · RIPS · actualizado el 29 de septiembre de 2026
RIPS rechazado: qué cambió con la Resolución 948 de 2026
Desde el 1 de junio de 2026, las validaciones del RIPS que antes solo te avisaban ahora lo rechazan. Aquí están las fechas, lo que dice la norma y qué revisar en tu consultorio antes de subir el próximo.
Si tu RIPS pasaba sin problema y de un mes a otro empezó a volver rechazado, no es tu imaginación. El 14 de mayo de 2026 el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 948 de 2026, que reglamenta el RIPS como soporte de la factura electrónica de venta en salud. Esa resolución derogó las Resoluciones 2275 de 2023, 558 de 2024 y 1884 de 2024, que eran el marco con el que se venía reportando, y rige desde su expedición.
El cambio que más se siente en el día a día está en su parágrafo transitorio: las reglas de validación que hasta entonces solo generaban una notificación pasaron a ser reglas de rechazo. Lo que antes era una advertencia que dejaba pasar el RIPS con su código de validación ahora lo devuelve sin él.
Las fechas, una por una.
14 de mayo de 2026
Se expide la Resolución 948
Rige desde su expedición y deroga las Resoluciones 2275 de 2023, 558 de 2024 y 1884 de 2024.
1 de junio de 2026
De notificación a rechazo
Entran en vigor las reglas de validación que pasan de notificación a rechazo. Un error que antes solo se anotaba ahora deja el RIPS sin CUV.
1 de julio de 2026
Ajustes estructurales de software
Son exigibles los ajustes de versión de software de carácter estructural. El programa con el que generas el RIPS tiene que estar al día con la estructura vigente.
1 de septiembre de 2026
SIRAS en atenciones del SOAT
Según la presentación oficial del Ministerio, la regla RVC095 sobre el registro SIRAS en atenciones con cargo al SOAT termina su periodo de notificación y pasa a rechazo.
En adelante
Más reglas pasarán a rechazo
La resolución dice que las reglas de notificación se convertirán gradualmente en reglas de rechazo. Lo que hoy es una advertencia conviene corregirlo desde ya.
Lo que dice la norma y te toca a ti.
El CUV es la llave para cobrar. El Código Único de Validación certifica que tu RIPS pasó todas las reglas obligatorias y cuadra con la factura. Según la resolución, los pagadores no pueden recibir ni tramitar facturas que no lo tengan. Sin CUV, la factura a la EPS no se radica.
El RIPS tiene que cuadrar con la factura. Los datos del paciente y el detalle de cada servicio van en el RIPS y tienen que guardar correspondencia con la factura electrónica de venta en salud.
Veintidós días hábiles para radicar. Desde que la DIAN valida la factura electrónica, tienes 22 días hábiles para radicarla ante la EPS o el pagador, con la factura y el RIPS ya aprobados por el Ministerio.
RIPS sin factura, a más tardar el día 5. Quien reporta RIPS sin factura lo transmite como mínimo a diario y como máximo cada mes. Si lo haces mensual, va dentro de los 5 primeros días calendario del mes siguiente.
Las validaciones de 2026 que más tocan a un odontólogo.
La presentación oficial de la Resolución 948 del Ministerio de Salud lista las reglas que pasaron de notificación a rechazo. Muchas son de urgencias, partos o medicamentos. Estas son las que aparecen en el día a día de un consultorio dental:
RVC096 · desde el 1 de junio
Códigos que existan de verdad
Solo se aceptan códigos que existan en las tablas de referencia, como la CUPS. Un código inventado, de relleno o desactualizado deja el RIPS sin CUV.
RVC086 y RVC088 · desde el 1 de junio
Diagnóstico relacionado distinto del principal
Un diagnóstico relacionado no puede ser igual al diagnóstico principal de la atención.
RVC087 y RVC089 · desde el 1 de junio
Sin diagnósticos repetidos
Todos los diagnósticos relacionados que informes tienen que ser diferentes entre sí.
RVC084 · desde el 1 de junio
Promoción y prevención sin pago moderador
Las actividades de promoción y prevención no están sujetas a copago ni cuota moderadora. Si el RIPS les carga uno, se rechaza.
Fuente: presentación de la Resolución 948 de 2026, Ministerio de Salud y Protección Social, páginas 25 a 29. El detalle completo de cada regla está en el Documento Técnico 1 publicado por el Ministerio.
Qué revisar antes de subir el próximo.
Lee el resultado de la validación
Cuando el Ministerio devuelve un RIPS, el resultado dice qué regla falló y en qué registro. Empieza por ahí: casi siempre es un dato puntual, no el archivo entero.
Revisa los códigos de cada atención
Cada procedimiento con su código CUPS y cada diagnóstico con su CIE-10, tal como aparecen en las tablas oficiales vigentes. Un código escrito a mano es la forma más fácil de equivocarse.
Revisa los datos del paciente
Tipo y número de documento, fecha de nacimiento y sexo. El tipo de documento tiene que corresponder con la edad del paciente el día de la atención.
Revisa los datos de quien atendió
El documento del odontólogo que hizo cada atención y tu código de habilitación. En consultorios con varios odontólogos, cada atención con el suyo.
Revisa que cuadre con la factura
Si facturas a una EPS, los valores y los servicios del RIPS tienen que ser los mismos de la factura electrónica, incluido lo que pagó el paciente.
Guarda el CUV
Cuando el RIPS pasa, guarda el código de validación junto a la atención o al mes. Es lo que te van a pedir para radicar y lo que prueba que cumpliste.
Cómo lo lleva SMILE.
SMILE es un software odontológico en la nube: agenda, historia clínica, odontograma y cobros en un solo lugar, desde el computador o el celular. Cuesta 19 dólares al mes, unos 64.000 pesos, y los primeros 30 días son gratis, sin tarjeta.
El RIPS sale de lo que ya registras. Cada tratamiento de tu catálogo lleva su código CUPS, que buscas por nombre una sola vez, y cada atención su diagnóstico CIE-10. Al cobrar, SMILE arma el RIPS en JSON con esos datos, sin volver a digitar nada. Si atiendes particulares como independiente, junta todas las atenciones del mes en un solo archivo y te lo recuerda del 1 al 5.
Antes de dártelo, SMILE lo revisa y te dice exactamente qué falta y dónde completarlo. Lo subes en la aplicación gratuita del Ministerio con la guía paso a paso de SMILE, y guardas el CUV en SMILE junto al mes o a la atención.
Mira cómo sale el RIPS en SMILE, en un video de 43 segundos →
Preguntas frecuentes.
¿Qué es la Resolución 948 de 2026?
Es la resolución del Ministerio de Salud y Protección Social, del 14 de mayo de 2026, que reglamenta el RIPS como soporte de la factura electrónica de venta en salud. Derogó las Resoluciones 2275 de 2023, 558 de 2024 y 1884 de 2024, y rige desde su expedición.
¿Tengo que reportar RIPS si solo atiendo particulares?
Sí. La Resolución 948 aplica a los prestadores de servicios de salud, y entre ellos nombra a los profesionales independientes; la odontología no está entre las excepciones. Si no facturas a una EPS, reportas RIPS sin factura, como máximo cada mes, dentro de los 5 primeros días calendario del mes siguiente.
¿Por qué me rechazan ahora el RIPS si antes pasaba?
Porque desde el 1 de junio de 2026 las reglas de validación que antes solo generaban una notificación pasaron a ser de rechazo. Un error que antes dejaba pasar el RIPS con una advertencia ahora lo devuelve sin código de validación (CUV). La norma prevé además que las reglas de notificación se sigan convirtiendo en reglas de rechazo de forma gradual.
¿Qué cambió el 1 de julio de 2026?
Desde el 1 de julio de 2026 son exigibles los ajustes de versión de software de carácter estructural. Si generas el RIPS con un programa, ese programa tiene que estar al día con la estructura vigente.
¿Qué pasa si no tengo el CUV?
Sin el Código Único de Validación (CUV) la factura no se puede radicar ante la EPS u otro pagador: la resolución dice que los pagadores no pueden recibir ni tramitar facturas sin CUV. Por eso el RIPS tiene que pasar la validación antes de radicar.
¿Cuándo se sube el RIPS sin factura?
La Resolución 948 dice que quienes reportan RIPS sin factura lo transmiten como mínimo a diario y como máximo cada mes; si es mensual, dentro de los 5 primeros días calendario del mes siguiente.
¿Cuánto tiempo tengo para radicar la factura con su RIPS?
Veintidós días hábiles desde la expedición de la factura electrónica validada por la DIAN, con la factura y el RIPS ya aprobados por el mecanismo único de validación del Ministerio.
¿Cómo ayuda SMILE con el RIPS?
SMILE arma el RIPS en JSON con los códigos CUPS y CIE-10 a partir de la historia clínica y del cobro, lo revisa antes de dártelo y te dice qué corregir si falta algo. Lo subes en la aplicación gratuita del Ministerio y guardas el CUV en SMILE. SMILE cuesta 19 dólares al mes, unos 64.000 pesos, con 30 días gratis y sin tarjeta.
Fuentes.
- Ministerio de Salud y Protección Social, Resolución 948 del 14 de mayo de 2026 (PDF). Consultada el 29 de septiembre de 2026.
- Ministerio de Salud y Protección Social, presentación de la Resolución 948 de 2026 (PDF), con las reglas de validación que pasan a rechazo y la ruta de 2026. Consultada el 29 de septiembre de 2026.
- Ministerio de Salud y Protección Social, micrositio de facturación electrónica en salud, con la aplicación para validar el RIPS y sus guías.
Este artículo resume la norma para odontólogos y no reemplaza la asesoría de tu contador o de tu EPS.
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